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Hola Francisco.
"Para los efectos de los artículos 29 y 29-A del CFF, los contribuyentes obligados a expedir CFDI podrán optar por emitirlos en su versión 3.3 y para el CFDI que ampara retenciones e información de pagos podrán optar por emitirlos en su versión 1.0, conforme al Anexo 20, publicado en el DOF el 28 de julio de 2017, durante el periodo comprendido del 1 de enero al 30 de junio de 2022. Lo anterior también será aplicable a los complementos y complementos concepto, compatibles con dichas versiones"
Entonces, si no hay alguna otra sorpresa por parte del SAT, será obligación que todos los timbres emitidos a partir del 1 de Julio, ya sean con la version 4.0, la cual incluya el C.P del trabajador y causas de cancelación cuando existan.
Saludos.
Ayer 8 de Junio saco un comunicado el SAT. y Se mueve la fecha hasta el 1o de Enero 2023. el comunicado habla que los que ya estan timbrando se mantengan. Y los que aun no, continúen con el proceso.
aquí la liga de prensa del SAT
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